Interesante reflexión sobre la situación de la propiedad intelectual en el entrono digital. Su autor finaliza el artículo proponiendo un decálogo de puntos a tener en cuenta para centrar el debate en la evolución y nueva formulación de la propiedad intelectual.
La regulación de la institución de la Propiedad Intelectual en el entorno digital conlleva una gran conflictividad social y ha abierto una discusión sin aparente solución ni punto de encuentro entre la industria, los creadores y los consumidores. Un gran número de actores sociales tienen intereses contrapuestos en este ámbito que, por otra parte, afecta a las libertades públicas y especialmente a derechos principales de toda sociedad avanzada, como el derecho a elegir, el de la información y el de acceso a la cultura.
¿Cómo se ha llegado a este punto en el que la piratería es masiva y sin ningún tipo de reproche social ni moral, los creadores de contenidos malviven de su trabajo por falta de protección y la industria pierde cada vez más oportunidades de negocio? ¿Es posible encontrar alguna vía de solución para pacificar este conflicto que se va enquistando? ¿Es posible reinventar la institución de la propiedad intelectual en las nuevas condiciones de la sociedad red? ¿Cómo hacerlo? No sabemos si esto es posible, y ni siquiera estamos demasiado seguros de que haya voluntad política de hacerlo, pero en cualquier caso creemos que hay que debatir en profundidad sobre ello. Este texto simplemente pretende aportar algunas notas para un debate que nos parece más importante y urgente que nunca.
Para lograr un pacto efectivo sobre los derechos de autor es imprescindible empezar por aceptar los hechos, asumiendo que el viejo paradigma ya no es viable en la sociedad-red. Además es necesario identificar los nuevos sujetos de derechos, que no necesariamente coinciden con las que existían antes de la irrupción de Internet, e intentar satisfacer sus demandas sin maximalismos. El debate hace tiempo que está abierto. Su resolución es clave para la construcción de un modelo de sociedad avanzada y capaz de generar conocimiento.
Enric Faura considera que convendría replantear la visión de los derechos de autor partiendo de tres premisas básicas:
- Los creadores deben tener algún tipo de recompensa por su trabajo intelectual, además de una protección sobre él. Creemos que la figura del autor, y por tanto la existencia de una protección sobre su trabajo, es imprescindible. Como demuestra Edelman en su excelente trabajo, el autor y la defensa autoral es una de las claves y fundamentos de la cultura.
- La sociedad y los ciudadanos deben poder disfrutar y tener a su alcance de manera razonable estos trabajos intelectuales. Creemos que en la sociedad de la información en la que estamos, y especialmente en la sociedad del conocimiento a la que aspiramos, el acceso libre a la cultura se configura como un derecho civil inalienable del ciudadano (¿derecho humano de tercer nivel?) que no puede ver restringido por razones económicas abusivas.
- Las industrias culturales, en la forma y ámbito que acaben teniendo, deben tener elementos o mimbres para crear un modelo de negocio para su actuación, amparado por la administración pública y con seguridad jurídica. Una sociedad-red es incompatible con el secretismo, con el sectarismo, con las restricciones de acceso indiscriminadas y con la negación de las libertades individuales, ni que sea por una supuesta defensa de los más débiles, retórica pero ineficaz, en un contexto proteccionista a ultranza. La cibersociedad no se construye mediante el velo de ignorancia, sino muy al contrario, mediante el imperativo de transmisión, que ha teorizado la ética hacker . La sociedad de la información y del conocimiento es una sociedad de la transmisión.
Decálogo de puntos a tener en cuenta para centrar el debate en la evolución y nueva formulación de la propiedad intelectual:
1. La institución jurídica de la propiedad intelectual ha ido adaptándose a cada momento histórico, ha convivido con muchos eventos y siempre ha estado en evolución. Ahora puede y debe adaptarse al nuevo contexto tecnológico, y esto no debe preocuparnos. Sabrá evolucionar a pesar de la evidente crisis actual. En cualquier caso es evidente que no se puede negar esta necesidad de evolución.
2. La institución jurídica de la propiedad intelectual se ha desarrollado siempre en una tensión permanente entre intereses contrapuestos. Nunca ha tenido un desarrollo pacífico y tradicionalmente se ha visto cuestionada, y por tanto no hay que evitar el debate por temores absurdos. Las leyes tradicionalmente han ido detrás de la realidad social, y en estos momentos la propiedad intelectual va muy por detrás de la evolución y realidad social. Debe hacer un importante esfuerzo de adaptación al nuevo contexto y a las nuevas realidades sociales.
3. La propiedad intelectual debe adaptarse y dar respuesta a una nueva realidad. Por tanto, para la formulación de la nueva propiedad intelectual en la sociedad red, hay que entender el nuevo contexto tecnológico, su alcance y su configuración y establecer su formulación en relación a los parámetros de la sociedad digital, no de la sociedad industrial.
4. La propiedad intelectual tradicionalmente ha intentado canalizar una tensión permanente entre los derechos de tres vectores: creadores, industria y usuarios/consumidores. Cualquier nuevo planteamiento no debe olvidar que esta institución debe facilitar un punto de encuentro no beligerante entre estos tres vectores. Las nuevas tecnologías dan mucho más poder que antes al usuario/consumidor o prosumidor, pero imponer esta fuerza sobre la figura del creador y de las industrias culturales sólo llevará a un empobrecimiento generalizado estéril.
5. El legislador, como siempre, debe actuar como árbitro moderador entre intereses contrapuestos, sin favorecer a un actor por encima de otro, pero respetando todos los derechos legítimos e impulsando aquellos modelos que favorezcan el desarrollo global de la sociedad del conocimiento en proceso de construcción. Y el legislador, así como la administración pública, debe ofrecer seguridad jurídica a todos los actores, algo que ahora brilla por su ausencia. El legislador debe actuar con firmeza en el ejercicio de sus funciones.
6. Pedagogía: es imprescindible hacer un enorme esfuerzo de pedagogía social, dejando de lado ciertos planteamientos naífs e idealistas, y entender que una sociedad madura debe poder enfrentarse al reto de la nueva regulación de la propiedad intelectual en el entorno digital. Hay que explicar con contundencia los conceptos de autoría y creatividad en la sociedad red, promulgando la defensa de unos principios básicos imprescindibles. Este esfuerzo de pedagogía debe tener apoyo público y consenso social.
7. Poner en valor la propiedad intelectual. En el entorno digital los productos derivados de la autoría y fruto de un esfuerzo creativo se perciben de manera muy mayoritaria como de poco valor. El reto de dar valor a la creación en formato digital es una de las claves para poder construir el nuevo estatus de la propiedad intelectual. La percepción del valor de un contenido digital debe ir pareciéndose a la percepción de un contenido analógico, especialmente en su componente de creación. Esto no se ha logrado.
8. La importancia fundamental de las industrias de telecomunicaciones y de la electrónica en este entorno exige incorporarlas a este debate y comprometerlas. Será inútil cualquier propuesta de nueva regulación de la propiedad intelectual sin el compromiso, voluntario u obligado, de estos dos actores. Es exigible que corresponsabilicen en la defensa de la propiedad intelectual y sean agentes activos en su favor.
9. La propiedad intelectual debe ofrecer a los creadores que quieren escapar al modelo comercial o bien probar nuevos modelos, posibilidades de desarrollo también con seguridad jurídica. Por ello, opciones como las nuevas licencias de Creative Commons, copyleft y otros deben disfrutar del mayor apoyo jurídico exigible.
10. La configuración de la propiedad intelectual que se configure en el nuevo pacto social que debe construirse debe reservar un espacio para las industrias culturales como agentes necesarios en su desarrollo. Debe ser un ámbito equilibrado, razonable y justo, pero protegido por la legislación y la actuación decidida de la administración pública.
Enric Faura considera que convendría replantear la visión de los derechos de autor partiendo de tres premisas básicas:
- Los creadores deben tener algún tipo de recompensa por su trabajo intelectual, además de una protección sobre él. Creemos que la figura del autor, y por tanto la existencia de una protección sobre su trabajo, es imprescindible. Como demuestra Edelman en su excelente trabajo, el autor y la defensa autoral es una de las claves y fundamentos de la cultura.
- La sociedad y los ciudadanos deben poder disfrutar y tener a su alcance de manera razonable estos trabajos intelectuales. Creemos que en la sociedad de la información en la que estamos, y especialmente en la sociedad del conocimiento a la que aspiramos, el acceso libre a la cultura se configura como un derecho civil inalienable del ciudadano (¿derecho humano de tercer nivel?) que no puede ver restringido por razones económicas abusivas.
- Las industrias culturales, en la forma y ámbito que acaben teniendo, deben tener elementos o mimbres para crear un modelo de negocio para su actuación, amparado por la administración pública y con seguridad jurídica. Una sociedad-red es incompatible con el secretismo, con el sectarismo, con las restricciones de acceso indiscriminadas y con la negación de las libertades individuales, ni que sea por una supuesta defensa de los más débiles, retórica pero ineficaz, en un contexto proteccionista a ultranza. La cibersociedad no se construye mediante el velo de ignorancia, sino muy al contrario, mediante el imperativo de transmisión, que ha teorizado la ética hacker . La sociedad de la información y del conocimiento es una sociedad de la transmisión.
Decálogo de puntos a tener en cuenta para centrar el debate en la evolución y nueva formulación de la propiedad intelectual:
1. La institución jurídica de la propiedad intelectual ha ido adaptándose a cada momento histórico, ha convivido con muchos eventos y siempre ha estado en evolución. Ahora puede y debe adaptarse al nuevo contexto tecnológico, y esto no debe preocuparnos. Sabrá evolucionar a pesar de la evidente crisis actual. En cualquier caso es evidente que no se puede negar esta necesidad de evolución.
2. La institución jurídica de la propiedad intelectual se ha desarrollado siempre en una tensión permanente entre intereses contrapuestos. Nunca ha tenido un desarrollo pacífico y tradicionalmente se ha visto cuestionada, y por tanto no hay que evitar el debate por temores absurdos. Las leyes tradicionalmente han ido detrás de la realidad social, y en estos momentos la propiedad intelectual va muy por detrás de la evolución y realidad social. Debe hacer un importante esfuerzo de adaptación al nuevo contexto y a las nuevas realidades sociales.
3. La propiedad intelectual debe adaptarse y dar respuesta a una nueva realidad. Por tanto, para la formulación de la nueva propiedad intelectual en la sociedad red, hay que entender el nuevo contexto tecnológico, su alcance y su configuración y establecer su formulación en relación a los parámetros de la sociedad digital, no de la sociedad industrial.
4. La propiedad intelectual tradicionalmente ha intentado canalizar una tensión permanente entre los derechos de tres vectores: creadores, industria y usuarios/consumidores. Cualquier nuevo planteamiento no debe olvidar que esta institución debe facilitar un punto de encuentro no beligerante entre estos tres vectores. Las nuevas tecnologías dan mucho más poder que antes al usuario/consumidor o prosumidor, pero imponer esta fuerza sobre la figura del creador y de las industrias culturales sólo llevará a un empobrecimiento generalizado estéril.
5. El legislador, como siempre, debe actuar como árbitro moderador entre intereses contrapuestos, sin favorecer a un actor por encima de otro, pero respetando todos los derechos legítimos e impulsando aquellos modelos que favorezcan el desarrollo global de la sociedad del conocimiento en proceso de construcción. Y el legislador, así como la administración pública, debe ofrecer seguridad jurídica a todos los actores, algo que ahora brilla por su ausencia. El legislador debe actuar con firmeza en el ejercicio de sus funciones.
6. Pedagogía: es imprescindible hacer un enorme esfuerzo de pedagogía social, dejando de lado ciertos planteamientos naífs e idealistas, y entender que una sociedad madura debe poder enfrentarse al reto de la nueva regulación de la propiedad intelectual en el entorno digital. Hay que explicar con contundencia los conceptos de autoría y creatividad en la sociedad red, promulgando la defensa de unos principios básicos imprescindibles. Este esfuerzo de pedagogía debe tener apoyo público y consenso social.
7. Poner en valor la propiedad intelectual. En el entorno digital los productos derivados de la autoría y fruto de un esfuerzo creativo se perciben de manera muy mayoritaria como de poco valor. El reto de dar valor a la creación en formato digital es una de las claves para poder construir el nuevo estatus de la propiedad intelectual. La percepción del valor de un contenido digital debe ir pareciéndose a la percepción de un contenido analógico, especialmente en su componente de creación. Esto no se ha logrado.
8. La importancia fundamental de las industrias de telecomunicaciones y de la electrónica en este entorno exige incorporarlas a este debate y comprometerlas. Será inútil cualquier propuesta de nueva regulación de la propiedad intelectual sin el compromiso, voluntario u obligado, de estos dos actores. Es exigible que corresponsabilicen en la defensa de la propiedad intelectual y sean agentes activos en su favor.
9. La propiedad intelectual debe ofrecer a los creadores que quieren escapar al modelo comercial o bien probar nuevos modelos, posibilidades de desarrollo también con seguridad jurídica. Por ello, opciones como las nuevas licencias de Creative Commons, copyleft y otros deben disfrutar del mayor apoyo jurídico exigible.
10. La configuración de la propiedad intelectual que se configure en el nuevo pacto social que debe construirse debe reservar un espacio para las industrias culturales como agentes necesarios en su desarrollo. Debe ser un ámbito equilibrado, razonable y justo, pero protegido por la legislación y la actuación decidida de la administración pública.